El mercado de servicios de pago ha cambiado mucho en los últimos años. La realización de pagos electrónicos ha seguido incrementando en la Unión Europea (EU) en los últimos años y, con la pandemia de COVID-19, esta tendencia ha seguido al alza. Gracias a las tecnologías digitales, han entrado en el mercado nuevos proveedores, especialmente los que prestan servicios de banca abierta, es decir, que intercambian de forma segura datos financieros entre bancos y empresas de tecnología financiera. También han surgido tipos de fraude más sofisticados, que ponen en riesgo a los consumidores y afectan a la confianza.


Nueva Directiva sobre servicios de pago (PSD 3) y Reglamento (PSR)

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Resumen ejecutivo

La Comisión Europea (EC) ha publicado un paquete legislativo que contiene dos propuestas legislativas: una actualización de la directiva sobre servicios de pago (PSD3) y, por primera vez, un reglamento de servicios de pago (PSR). El paquete tiene como objetivo que los consumidores puedan seguir efectuando pagos y transacciones electrónicas de forma segura y protegida en la EU, a nivel nacional o transfronterizo, en euros y en otras monedas.

Contenido principal

Esta Nota Técnica resume el conjunto de medidas que se regulan en ambas propuestas con los siguientes objetivos:

  • Reforzar la protección de los consumidores y la confianza en los servicios de pago. Para ello, se introducen nuevas obligaciones de transparencia en las transferencias a terceros países, así como la obligación de que los proveedores de servicios de pago (PSP) implementen medidas para informar a sus usuarios de los riesgos de fraude y establezcan formación específica sobre fraude para sus propios empleados.
  • Mejorar el funcionamiento de banca abierta. eliminando obstáculos a la prestación de servicios bancarios abiertos y mejorando el control de los clientes sobre sus datos de pago.
  • Mejorar su aplicación y cumplimiento en los Estados miembros. Para ello, los Estados miembros exigirán a las empresas que pretendan prestar cualquiera de los servicios de pago, o servicios de dinero electrónico, que obtengan autorización de las autoridades competentes del Estado miembro de origen para la prestación de dichos servicios.
  • Mejorar el acceso de los PSP no bancarios a los sistemas de pago y a las cuentas bancarias. Se establece que los Bancos Centrales podrán, a su discreción, prestar servicios de cuentas a PSP no bancarios.

Accede a la nota técnica de Nueva Directiva sobre servicios de pago (PSD 3) y Reglamento (PSR) (disponible en inglés).