El Reglamento sobre requisitos prudenciales (CRR) contiene un mandato dirigido a la European Banking Authority (EBA) por el que se le exigía elaborar normas técnicas de ejecución (ITS) especificando el marco de reporting aplicable en toda la Unión Europea, de cara a lograr una mayor armonización entre entidades y países.

Cumpliendo con dicho mandato, la EBA publicó unos ITS en los que especificaba los denominados estados FINREP, lo que más tarde se traduciría en la adopción por parte de la Comisión del Reglamento de Ejecución 680/2014, de 16 de abril de 2014.

Ahora, con el objetivo de adaptar el contenido de la información financiera pública y la de carácter reservado a los estados FINREP, el Banco de España ha publicado la Circular 5/2014. Asimismo, esta norma también pretende incorporar los nuevos requerimientos de información estadística y supervisora que el Banco de España debe facilitar al Banco Central Europeo.

La nueva circular modifica las siguientes circulares del Banco de España:

  • La Circular 4/2004, de 22 de diciembre, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.
  • La Circular 1/2010, de 27 de enero, sobre estadísticas de tipos de interés que se aplican a los depósitos y a los créditos frente a los hogares.
  • La Circular 1/2013, de 24 de mayo, sobre la Central de Información de Riesgos.

No obstante, el análisis que se lleva a cabo en el presente documento se refiere únicamente a los cambios normativos producidos sobre la Circular 4/2004.

En la nota técnica elaborada por el Área de I+D de Management Solutions se presentan un resumen ejecutivo y un análisis de la norma, así como las principales implicaciones que se derivarán de la implementación de este marco para las entidades.

Resumen ejecutivo


La Circular 5/2014 introduce modificaciones sobre la Circular 4/2004 en lo relativo al análisis y cobertura de riesgos, la metodología en el cálculo de provisiones y el reporting.

Ámbito de aplicación

  • La CBE afecta a entidades de crédito (Bancos, Cajas, Cooperativas e ICO).
  • La Circular es aplicable en la confección de estados financieros individuales y consolidados de las entidades de crédito españolas y de las sucursales en España de entidades extranjeras.

Regulación previa

  • Directiva 2013/36/EU (CRD IV) y Reglamento 575/2013 (CRR).
  • “Guidelines on the scope of operational risk and operational risk loss”, CEBS.
  • “Operational Risk – Supervisory Guidelines for the Advanced Measurement Approaches”, BCBS

 

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